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Competencia recurrirá la obligación de contratar con media hora de antelación un VTC en Euskadi

También impugnará que estos vehículos no puedan circular si no están dando un servicio, que no se les deje visibilizar que están disponibles o la prohibición de que estén geolocalizados

el diario vasco

Martes, 11 de agosto 2020, 11:11

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado impugnar varios preceptos del decreto sobre vehículos de alquiler con conductor (VTC) del País Vasco, que obligan a precontratar el servicio con 30 minutos de antelación e impiden geolocalizar los vehículos disponibles.

Según informa este martes en una nota, el organismo también cuestiona la prohibición de circular por vías públicas cuando no se preste el servicio, y la obligación de no visibilizar la disponibilidad del vehículo cuando esté estacionado, preceptos que «restringen la competencia y no están suficientemente justificados desde la óptica del bienestar general».

La CNMC recuerda que ya el pasado febrero requirió formalmente al Gobierno Vasco para que revisara estos aspectos «problemáticos» del decreto, aunque sin éxito. No obstante, aclara que no cuestiona la norma en su conjunto, sino «únicamente determinados preceptos». La impugnación ha contado con el voto particular de dos consejeros.

La CNMC ha recordado que está legitimada para impugnar actos de las istraciones Públicas sujetos a Derecho istrativo y las disposiciones de rango inferior a la ley de los que se deriven obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados, al amparo del artículo 5.4 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC. La decisión de impugnación cuenta con el voto particular de dos consejeros.

El Gobierno Vasco comunicó el pasado 26 de febrero que rechazaba derogar cuatro artículos del decreto vasco aprobado el pasado mes de diciembre que regula el servicio de vehículos con conductor (VTC) en Euskadi, tal y como le pidió la Comisión Nacional de la Competencia (CNMC), paso previo a la presentación de un recurso en los tribunales. Así, en apenas dos meses, el Ejecutivo ha rechazó la solicitud de modificación de la norma realizada primero por la Autoridad Vasca de la Competencia y después por la CNMC.

El portavoz Josu Erkoreka señaló tras el Consejo de Gobierno que el Ejecutivo autonómico es «plenamente competente» para otorgar las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor y que, por tanto, la normativa vasca es «legítima, necesaria y proporcionada en sus limitaciones» a este servicio. El objetivo del decreto es, según insistió, el mantenimiento de un servicio público de interés general, en alusión al que presta el del taxi, así como el equilibro entre los dos tipos de servicio de transporte urbano.

El decreto vasco iba a entrar en vigor el 21 de diciembre de 2019, pero el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) lo suspendió cautelarmente en sus aspectos más relevantes tras el recurso presentado por Unauto. Una decisión de la sala de lo contencioso cuyo acuerdo fue ejecutado el pasado 10 de febrero.

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