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El actual complemento para reducir la brecha de género en las pensiones entró en vigor el 4 de febrero de 2021 para sustituir al ... antiguo 'complemento de maternidad', después de una sentencia anterior a la de este jueves del Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) que lo calificaba también de discriminatorio. Tras este fallo, el Ministerio de Seguridad Social, en aquel entonces comandado por el actual gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá, formuló un nuevo diseño de este plus que busca premiar a las madres que han tenido hijos de cara a su futura jubilación que fuese compatible con la normativa europea, pero, por lo visto, sin éxito. A continuación se exponen todos los detalles de este complemento y su impacto.
¿Quién lo puede percibir?
En principio lo reciben las mujeres que hayan tenido uno o más hijos (la normativa anterior lo concedía a partir del segundo hijo), pero también pueden disfrutarlo los padres, aunque no conjuntamente y para ello tendrán que solicitarlo expresamente y cumplir unos requisitos. Si ninguno de los dos ha visto afectada su carrera laboral se dará el complemento por defecto a la mujer. En caso de que ambos progenitores sean del mismo sexo, se le asignará a quien perciba una pensión más baja.
¿Cuántas personas lo cobran?
Un total de 997.959 pensionistas reciben este complemento para la reducción de la brecha de género, en su inmensa mayoría mujeres, pues son el 88,7% (885.154) ), con datos correspondientes al pasado mes de abril. Una cuarta parte de los beneficiarios tienen un hijo (250.229), mientras el 47,1% de los perceptores cuentan con dos hijos (470.149); el 18,3%, tres hijos (182.791), y el 9,5% (94.790), cuatro.
¿A cuánto asciende?
Se trata de una cantidad fija y no un porcentaje adicional sobre la base reguladora de la pensión, como sucedía con el plus anterior, que era un 5% si se tenía dos hijos, un 10% con tres y un 15% a partir de cuatro. En 2025 se abona 502 euros brutos anuales por cada hijo hasta un límite de cuatro; es decir, que el máximo serán 2.010,4 euros al año. Se reparte en 14 pagas, lo que supone 35,90 euros al mes por hijo. Esta cuantía, que supone 75,5 euros al mes de media, se incrementa cada año en el mismo porcentaje que las pensiones contributivas.
¿Qué requisitos se exige a los hombres?
El nuevo diseño de 2021 abrió la puerta a que lo cobren también los hombres, aunque da prioridad a las mujeres y para eso les impone una serie de condiciones, como que su pensión sea inferior a la de la madre. Además, tienen que haber estado más de cuatro meses sin cotizar entre los nueve meses anteriores al nacimiento o adopción y los tres años siguientes (para hijos nacidos o adoptados antes del 31 de diciembre de 1994), o que la suma de las bases de cotización de los dos años siguientes al nacimiento o adopción sean inferiores en más del 15% a la suma de los dos años anteriores (para hijos nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995). También pueden cobrarlo los viudos por los hijos en común, siempre que alguno de ellos tenga pensión de orfandad. No se reconocerá al padre que haya sido condenado por violencia contra la mujer o contra los hijos. Tampoco lo recibirán el padre o la madre privado de la patria potestad.
¿Se aplica a todas las pensiones?
Se reconoce en todas las modalidades (jubilación, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad), salvo la jubilación parcial.
¿Se puede recibir si se tiene la pensión máxima?
Sí, este complemento «no computa a efectos de complemento a mínimos ni como tope de la pensión», por lo que se suma a la prestación máxima.
¿Tiene fecha de caducidad?
Se mantendrá mientras la brecha de género en pensiones de jubilación no baje del 5%. En la actualidad, ronda el 30%.
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