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A. Rallo
Lunes, 12 de mayo 2025, 14:39
El volumen de las diligencias de la causa de la dana continúa aumentando. En un lunes donde no estaban señaladas declaraciones de víctimas ni de ... nuevos testigos, la titular ha aprovechado para dictar nuevas resoluciones con las que continuar con el avance de la instrucción.
En el primero de los autos, la magistrada deniega la solicitud de un abogado de la acusación para que preste declaración como testigo una periodista que al parecer comió el 29 de octubre con el presidente de la Generalitat. Se trata de Maribel Vilaplana, profesional que itió la reunión con Mazón donde se le ofreció dirigir la televisión autonómica.
La instructora justifica su negativa a esa testifical en que no resulta «factible», como ha expresado en anteriores resoluciones, desplazar sustancialmente el objeto de la investigación hacia la actuación del jefe del Consell, dada su condición de aforado y que no es parte en el procedimiento.
El segundo auto deniega la práctica de diligencias de investigación solicitadas por otra acusación particular, pues esas diligencias están relacionadas con la presa de Forata y ésta no guarda relación con las circunstancias en que se produjo el fallecimiento en Cheste por el que está personada esta representación legal.
La magistrada recuerda las declaraciones prestadas por varios peritos durante la instrucción, según la cual el agua que se alivió en la presa de Forata no pudo llegar a los municipios situados alrededor del Barranco del Poyo, cuya parte alta discurre por Chiva, Cheste, Godelleta, parte de Buñol y parte de Turís.
Finalmente, la juez ha dictado un tercer auto en el que ite la personación del Sindicato de Funcionarios de Manos Limpias como acusación popular contra el ex secretario autonómico investigado en esta causa, Emilio A.T.
No obstante, acuerda dar traslado de esta personación a la representación letrada del citado investigado para que manifiesta si existe o no incompatibilidad entre el ejercicio de defensa que está realizando de Emilio A.T. y el de la acción penal por Manos Limpias contra su cliente.
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