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Comienza de modo anecdótico y las presiones e insultos en el trabajo caen como pequeños copos de nieve. Pero a medida que pasa el tiempo, ... el acoso empieza a cuajar y se vuelve insoportable, hasta el punto de minar la moral de la víctima y sumergirla en el pozo de la amargura. Los episodios de hostigamiento laboral son en su mayoría psicológicos, aunque también se registra alguna agresión física y bromas de carácter sexual. Es el 'mobbing'. Significa, en palabras vulgares, que le hagan la vida imposible a uno, y las formas de sufrir este mal son muy diversas, sutiles, perversas y a menudo indemostrables.
¿Quién no se ha lamentado alguna vez porque sus superiores no le reconocen su trabajo como él desearía? ¿Quién no ha tenido la sensación de que en cierta ocasión un compañero o un jefe quiere hacerle sombra y darle los quehaceres más grises? ¿Quién no se ha sentido alguna vez en el ámbito laboral presionado, subestimado, desmotivado, exprimido o víctima de la envidia de los demás? De esto hablamos cuando hablamos de 'mobbing'.
Al esfuerzo, en ocasiones ingente, de dar el paso para denunciar a tu empresa o a tus compañeros se suma el hecho de que muy pocas demandas acaban en sanciones, lo que acaba desanimando a otros damnificados para emprender semejante camino. Según ha podido saber EL DIARIO VASCO, sólo una de cada diez denuncias por acoso en el trabajo en Euskadi acaba en sanción. Únicamente 11 de las 104 demandas -100 de tipo psicológico y 4 de tipo sexual- que se presentaron el año pasado en Euskadi -último dato disponible- acabaron en multa para la empresa. Una cifra baja y que se mantiene estable en los últimos años. De ese centenar de denuncias, en torno a una cuarta parte se produjo en Gipuzkoa -en 2018 fueron 24-.
104 denuncias por acoso y violencia en el trabajo se presentaron en Euskadi el año pasado, de las cuales únicamente 11 derivaron en sanción para la empresa. Un cuarto de esas demandas se produjo en Gipuzkoa.
100.000 euros es la multa más elevada que ha recibido una empresa vasca por una denuncia por acoso laboral. La compañía era vizcaína.
Las razones para explicar que sólo una décima parte acabe con un procedimiento sancionador son múltiples. Aunque el factor más importante estriba en la «dificultad» para demostrar los hechos, según reconoce Manuel Velázquez, inspector de trabajo del Gobierno Vasco, que este jueves y este viernes intervendrá en Donostia en el marco de los Cursos de Verano de la UPV/EHU en unas jornadas sobre la 'Violencia y acoso en el trabajo en el centenario de la OIT'. Tras una denuncia, el caso no adquiere muchas veces estatus de acoso laboral, o no hay pruebas, o se considera que no se ha dado la intencionalidad de acosar.
Uno de los problemas que existe está ligado a la propia definición del concepto de acoso. La única legal que existe es la de acoso discriminatorio, que hace referencia a los casos de discriminación por cuestiones de raza o género. El acoso en general, o acoso moral o psicológico que se da en la mayoría de las ocasiones, no tiene una definición legal, sino que queda en manos de la jurisprudencia, y la jurisprudencia de cada juez o tribunal es distinta.
Las denuncias son confidenciales, aunque no anónimas, y una vez se reciben en Inspección de Trabajo comienza un proceso -generalmente largo- en el que se elabora una estrategia. «Se habla con el denunciante, se comprueban los hechos, se visita el centro de trabajo y se extraen las conclusiones», resume Velázquez.
La ley de infracciones y sanciones determina que la multa más grave oscila entre los 6.251 y los 187.515 euros, una horquilla muy amplia. Con todo, desde el Gobierno Vasco desvelan que la sanción más común se sitúa entre los 20.000 y los 40.000 euros. ¿La más alta? Una empresa de Bizkaia fue multada con 100.000 euros hace varios años.
Que sólo una décima parte de las denuncias acabe en sanción no significa que la cifra de denunciantes se haya reducido. De hecho, antes eran más. ¿Cuál es la diferencia? La crisis. La recesión económica no sólo se llevó puestos de trabajo, no sólo derrumbó ilusiones y esperanzas, sino que obligó a los trabajadores a centrarse en lo más importante: su empleo. En no perderlo. De ahí que las denuncias disminuyeran drásticamente.
Tipología
Causas
Hace más de una década el número de denuncias que se registraba en Euskadi multiplicaba por cuatro al actual. Sólo en Bizkaia en 2005 se produjeron 300, mientras que en Gipuzkoa hubo 100. La sensibilidad con este tema se encendió en 2011, cuando una sentencia de un Tribunal navarro dio la razón a un trabajador que denunció a una empresa por sentirse discriminado. Desde entonces, este tema se coló en la agenda social y mediática, y también en las conversaciones del día a día en la oficina.
El apogeo de demandas se produjo entre 2001 y 2008, cuando la gente «denunciaba por cualquier cosa», como por ejemplo un cambio de turno en el puesto de trabajo. Pero llegó 2008. Llegó la crisis. Y entonces cambiaron las reglas del juego. «Pasó la época en la que todo el mundo se sentía acosado. Por eso, desde el departamento de Inspección del Gobierno Vasco consideramos que la cifra actual se aproxima con mucha más exactitud a la realidad», concluye Velázquez.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) finalizó la conferencia con la que en junio celebró su centenario con la aprobación de un convenio sobre la violencia y el acoso en el trabajo. Ahora debe ratificarse en los 187 países de la OIT, entre ellos España -Pedro Sánchez se ha comprometido a hacerlo pero no puede adoptar la medida con el Gobierno en funciones- para que esa norma internacional se convierta en fuente de derecho en cada país. El objetivo es proteger a trabajadores y empleados, con independencia de su situación contractual y, según los expertos, contribuirá a reforzar la protección a los empleados. En el texto, en su artículo uno, se define la violencia y el acoso como «un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico»
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