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Xabier Garate
San Sebastián
Martes, 11 de diciembre 2018, 00:18
Euskadi, a través de sus tres Haciendas forales, es la única comunidad que mantiene para sus contribuyentes deducciones fiscales por adquirir una vivienda destinada a ... residencia habitual o por vivir de alquiler. Esa ayuda, que el pasado año ascendió a 127,8 millones solo en Gipuzkoa, se añade a lo previsto por el Plan Director 2018-2020 presentado esta primavera por el Gobierno Vasco, y el próximo reglamento que concretará la aplicación del derecho subjetivo a ocupar una vivienda digna, actualizan el resto de requisitos y cuantías previstas en Euskadi para favorecer el a la vivienda.
La CAV es autónoma en esta materia, y por eso camina en solitario con un sistema de ayudas sustentado en la oferta pública y en las deducciones fiscales, pero en el que hay cabida para subvenciones a la rehabilitación, medidas para facilitar la financiación, promociones específicas y/o cupos para colectivos a los que les resulta más complicado acceder a un piso como los jóvenes, habitar en una vivienda adecuada a sus necesidades como las personas mayores, o rehacer su vida por situaciones de maltrato, desahucio, migración o sinhogarismo. Es la población diana a la que, principalmente van destinadas unas ayudas, sobre todo en forma de oferta pública de alquiler específica, o ayudas directas como el programa Gaztelagun que financiará hasta un 50% de la renta en el mercado libre a jóvenes de 23 a 35 años que se quieren emancipar.
Derecho subjetivo: Adjudicación de una vivienda en alquiler a unidades convivenciales que no tengan en propiedad, lleven inscritos cuatro años en Etxebide y no superen, en el caso de 3 o más , los 15.000 euros de ingresos
PEV: prestación sustitutiva de un máximo en este momento de 250 euros para alquiler en caso de que, en el caso anterior, no haya viviendas disponibles
PCV: prestación complementaria de vivienda vinculada al cobro de la RGI. Máximo 250 euros. Se trabaja en su sustitución por la PEV, gestionada por el Departamento de Vivienda
Promoción de alojamientos dotacionales (ADAs) para jóvenes menores de 35, , con alquileres según los ingresos (entre 180 y 420 euros de renta en los de régimen autonómico)
Desgravación fiscal: En caso de compra de vivienda habitual, hasta un 18% de la cantidad invertida hasta un máximo anual de 1.530 euros. Para menores de 30 y familias numerosas, un 23% con límite de 1.955 euros. En caso de alquiler, un 20% de la cantidad abonada con límite de 1.600 euros. Para menores de 30 años y familias numerosas, hasta un 25% con límite de 2.000 euros. En cuentas viviendas, se deduce hasta el 18% con límite de compra de 6 años
Ayuda para la emancipación: Prestación a jóvenes de 23 a 35 años para alquiler en el mercado libre. Se abona hasta el 50% de la renta, en pisos de hasta 750 euros en las capitales y de 600 en el resto de municipios. Los ingresos brutos no pueden superar los 12.000, 15.000 o 18.000 euros en función de los de la unidad convivencial
AES: Prestación no periódica para personas que no pueden hacer frente a los gastos corrientes, entre ellos la vivienda. El máximo es de 250 euros
Ayudas por rehabilitación: Reaparece la financiación para rehabilitar viviendas mediante un fondo que de salida parte con 30 millones con el objetivo de que accedan al año 4.000-5.000 comunidades. Se suma a las ayudas a las comunidades y las subvenciones individualizadas que ya existían. Deducciones fiscales.
¿Quién puede acceder y disfrutar del derecho subjetivo a la vivienda? Las personas que no dispongan de vivienda estable o adecuada, siempre y cuando reúnan una serie de condiciones. Entre otras cuestiones, se valorará la cuantía máxima de ingresos anuales por unidad de convivencia, o la antigüedad como inscrito/a en el Registro de Solicitantes de Vivienda en la modalidad de alquiler. Sin embargo, existen varios casos que otorgan este Derecho a quienes disponen de una vivienda de características excepcionales
Los más de 1.100 millones provistos para implementar el plan estratégico diseñado para tres años permitirán al Departamento y sus sociedades públicas desarrollar todas las partidas mencionadas anteriormente. Pero a ese montante hay que añadir, fuera de ese Presupuesto, los gastos fiscales que cada territorio asume por las desgravaciones en materia de vivienda que se conceden en cada campaña de la renta. En Gipuzkoa, la previsión total para 2018 es de 125,2 millones, un 4,7% menos que en el ejercicio anterior. Cantidad a la que habría que añadir 1,8 millones derivados de las cuentas vivienda, otra fórmula diseñada para que la juventud se beneficie de deducciones fiscales mientras, en un plazo de 6 años, ahorre lo suficiente para acceder a la compra de un piso.
Según los datos de la Hacienda guipuzcoana, en 2017 las deducciones aplicadas por adquisición de vivienda habitual ascendieron a 99,54 millones de euros. Y la previsión para este ejercicio eran de 94,81 millones, un 4,7% menos. Los descuentos por compra de vivienda alcanzan hasta el 18% de la cantidad invertida (incluidos gastos e intereses) por un máximo de 1.530 euros. Porcentaje que asciende hasta el 23% para menores de 30 años o familias numerosas.
Ese descenso se compensa con el incremento, hasta un 7,5% más que en 2017, de las deducciones previstas por alquiler de vivienda habitual. En Gipuzkoa, este año se superarán los 30,4 millones cuando el pasado el gasto se quedó en 28,3. Una diferencia explicada en parte por el leve aumento de ciudadanos que optan por residir como inquilinos en detrimento de la propiedad. Los arrendatarios pueden deducirse un 20% de la renta satisfecha durante el año con un límite máximo de 1.600 euros, que en caso de menores de 30 y de familias numerosas se amplía hasta un 25% de las cantidades abonadas hasta 2.000 euros.
La Hacienda estatal eliminó en 2013 la deducción por adquisición o rehabilitación de vivienda. A partir de aquel 1 de enero solo los que hubieran adquirido un piso para residencia habitual o pagado obras antes de esa fecha –y que acabaran los trabajos antes del 1 de enero de 2017–podían seguir beneficiándose de esa desgravación. Dos años después, también los inquilinos dejaron de percibir parte de la renta abonada. Y durante el régimen transitorio solo los que alquilaron el piso antes del 1 de enero de 2015, y durante la vigencia del contrato, pudieron seguir deduciéndose el 10,5% de la cantidad satisfecha hasta 9.040 euros cuando la base imponible no superara los 17.701 euros, requisito este último que no se exige en Euskadi.
Junto con la promoción del alquiler, la nueva estrategia de vivienda del Gobierno Vasco para lo que resta de legislatura pone el foco en la rehabilitación de edificios para favorecer su adaptación a las necesidades de sus moradores y, así, facilitar que continúen viviendo en ellos. A partir del próximo año, el Gobierno Vasco va a impulsar una línea de crédito a la que, calculan, podrán acogerse entre 4.000 y 5.000 comunidades de propietarios cada año, para emprender obras de rehabilitación en sus edificios. Es decir, unas 20.000 viviendas se pueden beneficiar cada año de estos créditos para instalar, por ejemplo, 1.300 ascensores.
Para ello, el Ejecutivo va a provisionar un fondo de 30 millones de euros en los próximos tres años, y establecerá un programa de cofinanciación junto a entidades bancarias, con las que está negociando las condiciones de los préstamos personales y el coste financiero. La idea es que la cofinanciación se realice a partes iguales.
Hasta 2020, fecha hasta la que llega el Plan Director de Vivienda, el Ejecutivo ha presupuestado una inversión global de 93 millones para las diferentes medidas destinadas a fomentar la rehabilitación.
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