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Un conductor de un vehículo VTC, en San Sebastián. IÑIGO ROYO

El Supremo refrenda la nulidad de la exigencia de contratar los VTC con 30 minutos de antelación en Euskadi

El alto tribunal refrenda la anulación de este condicionante incluido en el decreto de regulación del Gobierno Vasco y respalda también la decisión del TSJPV de considerar nula la prohibición de que estos vehículos no puedan estar geolocalizados

Miguel Villameriel

San Sebastián

Viernes, 24 de febrero 2023, 16:06

Nuevo revés judicial a un decreto del Gobierno Vasco. El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos presentados por el Ejecutivo Vasco y varias asociaciones del ... taxi contra dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 2021, que declararon nulos dos artículos de un decreto del Gobierno Vasco de 2019 que obligaba a contratar los servicios de Vehículos de Transporte con Conductor (VTC) con 30 minutos de antelación y prohibía su geolocalización. La Sala de lo Contencioso-istrativo del Supremo da la razón a las tesis del TSJPV y confirma la nulidad de estos artículos en una sentencia a la que ha tenido este periódico. El Supremo entiende que la medida que establece el Gobierno Vasco de precontratación con antelación mínima de 30 minutos del servicio «constituye una limitación muy notable para el ejercicio de esta actividad empresarial», una argumentación que defendía desde un principio la Autoridad Vasca de la Competencia (AVC).

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