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Según los datos de la Seguridad Social a cierre de febrero, 43.579 personas cobraron la pensión de viudedad en Gipuzkoa el mes pasado ... y la prestación media fue de 876,03 euros, la tercera más elevada del Estado después de la de Álava (883,81 euros) y la de Bizkaia (912,93 euros). Como pensión contributiva que es, como la de jubilación, orfandad o incapacidad permanente, ha registrado la subida correspondiente a las pensiones contributivas para 2021; es decir, del 0,9%, aunque las mínimas han subido un 1,8%.
La pensión de viudedad es una prestación vitalicia a la que se tiene derecho tras el deceso del cónyuge o pareja de hecho y que tiene como objeto evitar la desprotección en la unidad familiar en los casos en los que el fallecido era el único o el principal generador de rentas en la misma, aunque es compatible con la actividad laboral y con la percepción de la pensiones propias de jubilación e incapacidad permanente.
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Según explica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración, la cuantía de la pensión de viudedad se calcula aplicando un porcentaje determinado a la correspondiente base reguladora con carácter general; siendo ésta diferente según la situación laboral del fallecido en la fecha del fallecimiento y de la causa que determine la muerte.
Con carácter general, el porcentaje aplicable a la base reguladora será del 52%. Aunque la Seguridad Social matiza que si la persona beneficiaria tiene cargas familiares y un determinado nivel de ingresos, el porcentaje podría aumentar hasta el 70%. Con todo ello, así queda la pensión mínima de viudedad en 2021, según recoge en su página web el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración:
Con cargas familiares: Cuantía mensual: De 790,7 euros a 797,90 euros. Cuantía anual: 11.170,60 euros.
Con 65 años o con discapacidad = >65%; Cuantía mensual: 689,70 euros, 6,2 euros más que el año pasado. Cuantía anual: 9.655,80 euros.
Entre 60 y 64 años: Cuantía mensual: De 639,5 euros a 645,30 euros. Cuantía anual: 9.034,20 euros.
Menor de 60 años: Cuantía mensual: De 517,8 euros a 522,50 euros. Cuantía anual: 7.315,00 euros.
Y estos son los requisitos que hay que cumplir para recibir la prestación:
1: Estar dado de alta en el régimen general o en situación asimilada.
2: Haber cotizado en los cinco años anteriores al deceso al menos 500 días. Sin estar dado de alta se deben acreditar al menos 15 años cotizados.
3: Percibir una pensión de jubilación contributiva o tener derecho a ella en el momento de fallecer sin haberla solicitado.
4: Tener una incapacidad permanente y cobrar una pensión.
5: Percibir un subsidio por incapacidad temporal, riesgo en el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo en la lactancia y cumplir el período de cotización para dichos casos.
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