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David Guadilla
Jueves, 2 de marzo 2023, 20:17
El empresario y exconcejal del PNV de Leioa Iñaki San Juan, condenado a cuatro años por su implicación en el 'caso De Miguel', eludirá casi ... con toda seguridad el ingreso en prisión después de que el Tribunal Supremo haya aclarado en un auto que ninguna de las penas por las que fue sentenciado supera los dos años y el cómputo general tampoco excede de los cuatro. El TS le condenó en un primer momento a una pena de cuatro años y cuatro meses, su abogado presentó un «incidente de aclaración» y ahora los magistrados le han dado la razón. La condena a San Juan queda ahora fijada en tres años y nueve meses: dos años por delito continuado de malversación, y un año y nueve meses por delito continuado de falsedad en documento mercantil.
Los magistrados del TS señalan que a San Juan se le debe aplicar la misma interpretación favorable que se realizó a otro de los condenados, Josu Azkarraga Montes. El Supremo considera que ambos encausados estaban condenados por los mismos hechos y por la misma responsabilidad. A Azkarraga, en primer lugar, se le condenó por un delito continuado de malversación, con circunstancias atenuantes, a las penas de prisión por tiempo de dos años, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante cuatro años. En segundo lugar, por el delito continuado de falsedad en documento mercantil, con la atenuante simple de dilaciones indebidas, se le condenó a un año, nueve meses y un día de cárcel, así como a inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa diaria de diez euros durante nueve meses.
En el caso de Iñaki San Juan, la suma de penas de prisión por estos delitos era de cuatro años, cuatro meses y quince días, pero se daba la circunstancia de que por uno de esos delitos se le había impuesto una pena que pasaba la barrera de los dos años. Y superado ese límite sí se daban las condiciones para su entrada en prisión. Pero ahora, en su auto de aclaración, el Supremo señala que sus condenas de cárcel serían algo más bajas: de dos años por el delito continuado de malversación y de un año, nueve meses y un día por el de falsedad de documento mercantil.
La sentencia hecha pública el pasado 10 de enero sigue, en todo caso sin ejecutarse. Desde que estalló el caso, Alfredo de Miguel pudo mantener su puesto de trabajo en la sociedad pública Hazi, dependiente del Departamento de Desarrollo Económico, porque el Gobierno vasco argumentaba que era legalmente imposible despedirle. En realidad, no solo no perdió el empleo, si no que ganó responsabilidades y representó al Ejecutivo en algunos certámenes en otras comunidades. Tras conocerse el fallo del Supremo, el Gobierno anunció su salida del organismo, pero eso no se ha cumplido. Tampoco su ingreso en prisión. Al parecer, la huelga de letrados ha impedido que se comunique la ejecución de la sentencia.
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